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Ministerio Público apelará perdón judicial otorgado a Wander Franco: audiencia será este martes

SANTO DOMINGO.– El Ministerio Público informó que está preparado para sustentar ante la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata el recurso presentado contra la sentencia que declaró penalmente responsable a Wander Samuel Franco Aybar por abuso sexual y abuso psicológico en perjuicio de una adolescente, pero le concedió un perdón judicial que lo exime del cumplimiento de una sanción penal.

La audiencia para conocer el recurso de apelación fue fijada para este martes 22 de septiembre de 2026, a las 9:00 de la mañana. La impugnación fue presentada por la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de Puerto Plata contra la Sentencia Penal núm. 272-02-2026-SSEN-00149, emitida por el Tribunal Colegiado Ad Hoc del Distrito Judicial de Puerto Plata.

De acuerdo con el órgano acusador, el tribunal declaró culpable a Franco por violación del artículo 396, literales b y c, de la Ley 136-03, que contempla disposiciones relativas al abuso sexual y psicológico contra personas menores de edad. Sin embargo, posteriormente le otorgó el perdón judicial, decisión que el Ministerio Público considera una incorrecta aplicación de la ley.

“Estamos preparados para demostrar ante la Corte de Apelación de Puerto Plata las falencias de la sentencia recurrida y la incorrecta aplicación de la norma al conceder un perdón judicial a una persona cuya responsabilidad penal por abuso sexual infantil fue establecida y completamente probada durante el juicio”, expresó el magistrado Claudio Alberto Cordero Jiménez, procurador fiscal a cargo de la litigación del caso.

El Ministerio Público sostiene que la propia sentencia estableció la responsabilidad penal de Franco por abuso sexual y psicológico, por lo que considera que la exención total de la pena resulta incompatible con la naturaleza, gravedad y trascendencia social de los hechos juzgados.

Los magistrados Ramona Nova Cabrera, Kelmi Ricardo Duncan Torres, Claudio Alberto Cordero Jiménez, José Martínez Montán y Olga Diná argumentan que la decisión incurre en una errónea interpretación de la figura del perdón judicial, concebida por el legislador para situaciones excepcionales que, según el órgano persecutor, no concurren en este caso.

El Ministerio Público también plantea que la decisión recurrida podría debilitar los fines preventivos y sancionadores del derecho penal y considera que debe tomarse en cuenta la protección especial que el ordenamiento jurídico dominicano reconoce a los niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos.

La sentencia, además, condenó a la madre de la adolescente a 10 años de prisión por explotación sexual comercial y lavado de activos. Esta parte de la decisión no fue recurrida por el Ministerio Público.

Con el recurso, el órgano acusador busca que la Corte de Apelación examine los argumentos planteados y determine si corresponde mantener o modificar la decisión adoptada por el tribunal de primera instancia.

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